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CM NOTARÍA César Maturana Pérez

Escrituras públicas

Separación de bienes

Los cónyuges pueden sustituir el régimen de sociedad conyugal por el de separación total de bienes o por el de participación en los gananciales, mediante escritura pública.

Qué debes traer

  • Cédula de identidad vigente y en buen estado de todos los que firman. De ambos cónyuges.
  • Comparecencia de ambos cónyuges.
  • Certificado de matrimonio con inscripciones al día.
  • Minuta firmada por abogado.

La escritura debe subinscribirse al margen de la inscripción matrimonial dentro del plazo legal para producir efectos. Consulta el procedimiento completo antes de otorgarla.

En el mismo acto suele acordarse la liquidación de la sociedad conyugal.

Preguntas frecuentes

¿Tienen que ir los dos cónyuges?

Sí. La sustitución del régimen matrimonial es un acuerdo entre los cónyuges y ambos deben comparecer a firmar la escritura pública, con su cédula de identidad vigente.

¿Basta con firmar la escritura?

No. Para producir efectos, la escritura debe subinscribirse al margen de la inscripción de matrimonio dentro del plazo que establece la ley. Consulta el procedimiento antes de otorgarla.

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