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CM NOTARÍA César Maturana Pérez

Escrituras públicas

Testamento

El testamento se otorga ante notario con las solemnidades legales y queda incorporado a su protocolo. La notaría también otorga la revocación de testamentos anteriores.

Qué debes traer

  • Cédula de identidad vigente y en buen estado de todos los que firman.
  • Comparecencia personal del testador: este acto no admite representación por mandatario.
  • Testigos, según el tipo de testamento que se otorgue.
  • Individualización de los bienes y de los asignatarios.

El testamento es un acto personalísimo: debe otorgarlo el testador por sí mismo.

Conviene conversar el caso con anticipación. La notaría cuenta con abogados y asesores jurídicos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer un testamento por poder?

No. El testamento es un acto personalísimo: debe otorgarlo el testador compareciendo personalmente ante el notario, con las solemnidades que exige la ley.

¿Se puede cambiar después?

Sí. Un testamento puede revocarse otorgando uno nuevo o una escritura de revocación. La notaría otorga tanto testamentos como su revocación.

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